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Multas de trafico en Ciudad de Mexico

¡Cuidado al estacionarte! Lugares donde está prohibido estacionarse en México

marzo 28, 2023
¡Cuidado al estacionarte! Lugares donde está prohibido estacionarse en México

Si eres conductor en México, seguramente sabes lo difícil que puede ser encontrar un lugar para estacionarte en algunas zonas de la ciudad.

En este artículo, te presentamos una lista de los lugares donde está prohibido estacionarse en México, para que puedas evitar problemas y conducir de manera segura y responsable

¿Dónde prohíbe la ley estacionarse en México?

El conocimiento de la ley, es un factor clave a la hora de conducir un vehículo. En el caso de México, es el Reglamento de Tránsito el instrumento legal que regula dicha actividad. En él, se establecen los lugares donde queda prohibido estacionarse y son los siguientes: 

  • En lugares para discapacitados
  • Frente a establecimientos bancarios. 
  • Debajo de puentes o en túneles. 
  • Frente a centros de educación escolar o concentración masiva de personas. 
  • Frente a las dependencias gubernamentales que así lo establezcan. 
  • En áreas de uso exclusivo para el transporte de pasajeros.
  • Sobre avenidas principales.
  • Entradas y salidas de centros de salud
  • Sobre el cruce de peatones.
  • Entradas de propiedades habitacionales. 
  • En carriles para ciclistas

La prohibición también se extiende para las bicicletas, las cuales no podrán estacionarse en lugares donde impidan el libre tránsito peatonal. 

¿Cuál es la multa por estacionarse en lugar prohibido? 

Los conductores que hagan caso omiso a las prohibiciones establecidas en el Reglamento de Tránsito, serán sancionados con la imposición de una multa

La multa por estacionarse en un lugar prohibido oscilará entre 5 y 20 veces el salario mínimo de la Ciudad de México

Adicionalmente, se aplicará una penalización a la licencia de conducir que puede ser de 1 a 6 puntos.

En cuanto al pago de la multa, esta podrá reducirse a un 50% si el responsable cumple con el pago en el plazo de 30 días siguientes a su imposición. 

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