
La no causación del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos en el Estado de México es el reconocimiento oficial de que ciertos vehículos están exentos del pago de Tenencia y de los Derechos de Control Vehicular por destinarse a servicios públicos esenciales.
Esta guía explica qué vehículos califican, el procedimiento ante la Dirección Jurídica Consultiva y los requisitos para instituciones públicas y de beneficencia.
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🚓 Qué vehículos aplican
Reciben no causación los vehículos de la federación, estado, municipios, sus organismos descentralizados y autónomos, así como instituciones de beneficencia, destinados a:
- Rescate
- Patrullas
- Transporte de limpia
- Pipas de agua
- Servicios funerarios
- Ambulancias dependientes de estas entidades o de instituciones de beneficencia
- Cuerpos de bomberos
📋 Información general del trámite
- Costo: Gratuito
- Tiempo de respuesta: 30 días hábiles
- Documento a obtener: Resolución de no pago de Tenencia federal o estatal y/o exención de derechos de control vehicular
- Modalidad: Presencial en Centro de Servicios Fiscales más cercano (L–V 9:00–18:00)
- Quién lo emite: Dirección Jurídica Consultiva, Secretaría de Finanzas Edomex
📑 Requisitos para institución pública
- Identificación oficial vigente de la persona peticionaria o apoderada:
- Credencial para votar (INE)
- Pasaporte
- Cédula profesional con fotografía
- Documento migratorio (FM2 o FM3) para extranjeros
- Licencia para conducir Edomex
- Escrito de solicitud dirigido al titular de la Dirección Jurídica Consultiva, conteniendo:
- Nombre del peticionario, RFC y datos del promovente
- Fundamentos jurídicos de representación
- Domicilio en el Edomex, código postal y teléfono
- Manifestación bajo protesta de decir verdad
- Planteamientos o solicitudes
- Ejercicios fiscales por los que se solicita el beneficio
- Firma autógrafa
- Servidor público autorizado para oír y recibir notificaciones
- Documento que acredite personalidad del promovente:
- Poder general para actos de administración
- Poder especial
- Carta poder ratificada ante notario público
- Carta poder notariada
- Escritura pública
- Relación del parque vehicular impreso + USB con:
- Tipo de vehículo
- Modelo
- Número de placas
- Número de serie
- Uso al que está destinado
- Copia de las facturas de los vehículos a nombre del estado/municipio/entidad
- Pruebas adicionales: fotografías, tarjetas de circulación, tarjeta de resguardo, contratos de donación, etc.
⚠️ Notas importantes
- Los requisitos se rechazan si no cumplen los criterios de aceptación.
- La no causación aplica solo a vehículos destinados a los servicios públicos enumerados arriba.
- Los datos del parque vehicular (impreso + USB) deben coincidir con facturas y tarjetas de circulación, bajo estricta responsabilidad del peticionario.
- NO aplica a vehículos bajo arrendamiento.
- No aplica para particulares ni empresas privadas.
📞 Contacto Dirección Jurídica Consultiva
- Centro de Atención Telefónica: 070 y 800 696 96 96
- Atención al Contribuyente: 800 715 43 50
- Correo: afiscal@edomex.gob.mx
- Horario: L–V 9:00 – 18:00 (excepto días festivos)
- Asesoría: Centro de Servicios Fiscales más cercano con cita previa
❓ Preguntas frecuentes no causación Tenencia Edomex
¿Un auto particular puede solicitar no causación?
No. La no causación aplica únicamente a vehículos de gobierno (federación, estado, municipios, organismos descentralizados) o instituciones de beneficencia destinados a los servicios públicos enumerados.
¿Las ambulancias privadas aplican?
Solo si pertenecen a una institución de beneficencia reconocida. Las ambulancias de empresas privadas con fines de lucro no aplican a este beneficio fiscal.
¿Tengo que renovar la resolución cada año?
La resolución se emite por los ejercicios fiscales solicitados. Para mantener el beneficio en ejercicios posteriores se debe solicitar nuevamente con la actualización del parque vehicular.
¿Aplica también para Derechos de Control Vehicular?
Sí. La resolución incluye la exención de los derechos de control vehicular a favor del estado, municipios, organismos descentralizados y autónomos, y entidades federativas en caso de reciprocidad.