
Las multas de tránsito nunca son divertidas, pero ¿Sabías que en la CDMX muchas veces puedes pagarlas con descuento y ahorrate algo de dinero?
En este post te mostraremos cuales son las infracciones donde puedes aprovecharte de un descuento del 90% a la hora de hacer el pago de tu multa de tránsito en Ciudad de Mexico.
Multas de tránsito en CDMX que puedes pagar con descuento
El costo de las multas de tránsito en el DF puede ser una carga financiera pesada para muchos conductores, especialmente en tiempos de incertidumbre económica.
Sin embargo, recientemente, el Gobierno de la Ciudad de México ha aprobado una medida que podría aliviar la carga de aquellos que hayan recibido multas de tránsito.
La Ciudad de México ha aprobado una medida que permitirá la condonación de hasta un 90% del total si pagas la multa de tránsito de 0 a 10 dias desde que te impusieron la multa.
Pero debes saber que no es para todas las infracciones, los descuentos se aplicaran en aquellos que hayan cometido alguna de las 34 infracciones establecidas en los siguientes artículos:
- Art. 6 en todas sus fracciones: Aquellas infracciones que vehículos infrinjan la seguridad de los peatones.
- Art. 7 en todas sus fracciones: Aquellas infracciones que infrinjan una convivencia sana, obedecer señalizacion vial, agentes, personal de apoyo…
- Art. 8 Fracciones e incisos: Obedecer indicaciones de agentes, circular sentido contrario, rebasamientos, distancias, dirección de giro o cambio de carril, prioridad, intersecciones..
- Art. 10 Fracciones e incisos: Preferencias de paso en las intersecciones.
- Art. 11 Fracciones e incisos: Prohibiciones de todo tipo de vehiculos, mal detenidos, circular sobre, entorpecer, donde no circular…
- Art. 12 en todas sus fracciones: Prohibido remolcar o empujar otros vehículos motorizados si no es por medio de una grúa, excepto cuando..
- Art.13 en todas sus fracciones: En caso de emergencia, siniestro o desastre, los vehículos de emergencia que circulen con las luces encendidas y señales audibles, siempre y cuando tomen las medidas de seguridad necesarias, pueden:
- Art.15 en todas sus fracciones: Los conductores de vehículos no motorizados tienen preferencia de paso sobre los vehículos motorizados…
- Art.17 en todas sus fracciones: Al circular en una vía que no cuente con infraestructura ciclista
- Art.20 en todas sus fracciones: Los conductores de motocicletas deben sujetarse a lo dispuesto..
- Art.21 Fracciones: Se prohíbe a los conductores de motocicletas:
- Art. 22 en todas sus fracciones: Los conductores de vehículos de transporte público de pasajeros deben:
- Art. 23 en todas sus fracciones: Queda prohibido a los conductores de vehículos de transporte público colectivo de pasajeros…
- Art. 24 en todas sus fracciones: Los conductores de vehículos de transporte escolar o de personal deben…
- Art. 25 en todas sus fracciones: los conductores de vehículos de transporte de carga deben:
- Art. 26 en todas sus fracciones: Queda prohibido a los conductores de vehículos de transporte de carga
- Art. 27 en todas sus fracciones: Los conductores de vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas deben..
- Art. 28 en todas sus fracciones: Se prohíbe a los conductores de vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas…
- Art. 29 en todas sus fracciones: Al estacionarse u ocupar la vía pública, se deberá hacer de forma momentánea, provisional o temporal, sin que represente una afectación al desplazamiento de peatones y circulación de vehículos.
- Art. 30 Fracciones e incisos: Se prohíbe estacionar cualquier vehículo:
- Art. 34 Fracciones: En la vía pública está prohibido:
- Art. 35 en todas sus fracciones: Está prohibido abandonar en la vía pública un vehículo o remolque que se encuentre inservible, destruido o inutilizado. Se entiende por estado de abandono, los vehículos que…
- Art. 36 en todas sus fracciones: Los conductores de vehículos motorizados que accedan a vías concesionadas o permisionadas están obligados a realizar el pago correspondiente de acuerdo a las tarifas establecidas, salvo que…
- Art. 37 Fracciones e incisos: Los conductores y ocupantes de los vehículos deben de cumplir con las disposiciones de seguridad indicadas en el presente artículo de acuerdo a la naturaleza propia de cada vehículo.
- Art. 38 Fracciones e incisos: Los conductores de vehículos son responsables de evitar realizar acciones que pongan en riesgo su integridad física y la de los demás usuarios de la vía, por lo que se prohíbe…
- Art. 40 Fracciones e incisos: Los conductores de vehículos deben cerciorarse de que su vehículo esté provisto de los siguientes elementos, de acuerdo a la naturaleza propia de cada vehículo.
- Art. 41 en todas sus fracciones: Los siguientes vehículos deberán contar en la parte superior con luces destellantes de color ámbar, previa autorización de la Secretaría…
- Art. 42 en todas sus fracciones: Los vehículos motorizados que tengan adaptados dispositivos de acoplamiento para tracción de remolques y semirremolques deberán cumplir con lo siguiente…
- Art. 43 en todas sus fracciones: Se prohíbe instalar o utilizar en vehículos motorizados…