
El Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Cuernavaca, Morelos (vigente desde el 1 de junio de 2023) define con claridad cuándo los agentes están obligados a retirar tu vehículo de la circulación y enviarlo al depósito vehicular.
Esta guía explica las causales oficiales del Artículo 86, los matices que evitan que tu auto vaya al corralón y qué pasa después con el trámite.
Busqueda Rápida
- 1 ⚖️ Las causales oficiales (Art. 86)
- 2 🚨 Lo que NO siempre es motivo de detención
- 3 🍻 Alcoholímetro Cuernavaca
- 4 🛑 Garantía de pago: licencia o placa
- 5 ⏳ Reincidencia y suspensión de licencia
- 6 🚓 Qué pasa una vez detenido el vehículo
- 7 💡 Cómo evitar que se lleven tu auto
- 8 📜 Sobre el reglamento aplicable
- 9 ❓ Preguntas frecuentes
⚖️ Las causales oficiales (Art. 86)
- Conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes, psicotrópicos o sustancias tóxicas (incluso con prescripción médica).
- No exhibir licencia de manejo o permiso vigente.
- Las placas no coinciden en número o letras con la calcomanía o tarjeta de circulación.
- Falta de las dos placas del vehículo.
- Los vehículos que deben llevar una sola placa (motos, remolques) y no la traen.
- Permiso para circular sin placas vencido.
- Modificar las placas en sus características originales.
- Participar en competencias vehiculares de velocidad en vía pública.
- Vehículo prestando servicio público sin alta ante la Secretaría Estatal o realizando funciones no autorizadas.
🚨 Lo que NO siempre es motivo de detención
- Falta de UNA sola placa: solo se aplica infracción, el vehículo no es retirado.
- Falta de tarjeta de circulación o calcomanía: únicamente infracción, no detención.
- Revisión simple de documentos sin operativo formal: los agentes solo pueden detenerte cuando hay flagrancia o un operativo de revisión anunciado.
El reglamento marca un protocolo específico para conductores con alcohol en sangre, que es la causal más frecuente de remisión al corralón.
- Alcohol en sangre superior a 0.8 g/l o en aire expirado superior a 0.40 mg/l: arresto administrativo hasta 36 horas + multa + remisión al depósito.
- Operadores de transporte público, escolar, carga o sustancias peligrosas: cero alcohol permitido.
- Reincidencia: la multa se incrementa en 50% y se notifica a la Secretaría Estatal para suspensión de licencia.
🛑 Garantía de pago: licencia o placa
Cuando el agente impone una infracción que no amerita corralón, puede retener tu licencia de manejo o tu placa de circulación como garantía del pago de la multa.
El acta de infracción sustituye el documento retenido durante 10 días hábiles. Pasado ese plazo, debes pagar la multa para recuperarlo.
⏳ Reincidencia y suspensión de licencia
- Tres infracciones en un año por exceso de velocidad, falta de precaución o conducir bajo influjos: suspensión de licencia por 6 meses.
- Darse a la fuga sin obedecer indicaciones de los agentes: multa + suspensión 6 meses de licencia o permiso.
- Las sanciones prescriben a los 5 años desde su imposición.
🚓 Qué pasa una vez detenido el vehículo
- El agente levanta el acta de infracción especificando hechos, fecha, lugar, datos del conductor y placas.
- Procede a remitir el vehículo al depósito vehicular municipal.
- Una vez en el depósito, se sella el vehículo para preservar los objetos y la condición.
- Se levanta inventario.
- El propietario o autorizado debe acudir con la documentación, pagar la liberación y recoger el vehículo.
💡 Cómo evitar que se lleven tu auto
- Lleva siempre licencia vigente y tarjeta de circulación al volante.
- No conduzcas tras consumir alcohol, ni siquiera «uno o dos».
- Revisa que las dos placas estén colocadas y coincidan con tu tarjeta.
- Si extraviaste placa, tramita reposición dentro de los 30 días naturales que marca el reglamento.
- Mantén la póliza de responsabilidad civil vigente: el reglamento exige seguro para circular.
📜 Sobre el reglamento aplicable
- Norma: Reglamento de Tránsito y Vialidad para el Municipio de Cuernavaca, Morelos.
- Publicado: Periódico Oficial «Tierra y Libertad» 6199, 31 de mayo de 2023.
- Vigencia: desde el 1 de junio de 2023.
- Autoridad: Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano del Ayuntamiento de Cuernavaca.
❓ Preguntas frecuentes
¿Si solo me falta una placa también se llevan mi auto?
No. Si te falta una sola placa los agentes únicamente aplican infracción. La detención procede cuando faltan las dos placas, salvo en vehículos que llevan una sola (motos, remolques).
¿Si pierdo la tarjeta de circulación se llevan el auto?
No. La falta de tarjeta de circulación o calcomanía únicamente causa infracción. La detención procede por falta de licencia, no de tarjeta.
¿Qué tan grave es dar positivo en el alcoholímetro?
Más de 0.40 mg/l en aire expirado: arresto inconmutable de hasta 36 horas + multa + remisión del vehículo al depósito.
¿Pueden retenerme la licencia en vez de llevarse el auto?
Sí. Cuando la infracción no obliga a remisión, el agente puede retener tu licencia o placa como garantía de pago. El acta sustituye el documento por 10 días hábiles.
¿En cuánto tiempo prescribe una multa de tránsito Cuernavaca?
A los 5 años desde su imposición. Pasado ese plazo, las multas no pagadas se remiten a la Secretaría Estatal.
¿Si me detuvieron por error puedo reclamar?
Sí. Presenta queja en la Contraloría Municipal del Ayuntamiento: Motolinía #2, Col. Centro, tel. 777 329 5500 ext. 5440 o 070.
¿Tres multas en un año me suspenden la licencia?
Si son por exceso de velocidad, falta de precaución o conducir bajo influjos, sí: suspensión 6 meses notificada a la Secretaría Estatal.