Como parte del programa de renovación y nuevo reglamento de tránsito la policia dio a conocer los motivos por los cuales tu vehículo puede ser llevado al corralon en CDMX.
En este post te mostraremos los motivos que ameritan el corralon en la CDMX y cuales no. Conoce los requisitos para que puedas recuperar tu auto del depósito vehicular.
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¿Qué infracciones ameritan Corralón en la CDMX
Son muchas las dudas que surgen con el nuevo Reglamento de Tránsito en CDMX, estas son las infracciones que harán que tu coche termine en el corralón:
- Estacionarse en los carriles exclusivos para transporte público.
- Estacionarse en vias primarias.
- Estacionarse en sitios no permitidos por señalización vial. Igual que en espacios para servicios especiales autorizados por la Secretaría.
- Estacionarse sobre vías peatonales como cruces peatonales y banquetas. Al igual que en las vías exclusivas de ciclistas.
- Estacionarse en doble fila o más.
- Estacionarse en lugares con señalamiento restrictivo, o donde las marcas de pavimento sean de color amarillo.
- El estacionarse en entradas de alguna estación de bomberos o cualquier vehículo de emergencia.
- Estacionarse en espacios de servicios especiales destinados al ascenso y descenso de pasajeros o si se supera el tiempo indicado en la señalización vial (excepto cuando se trate de pasajeros con discapacidad).
- Estacionarse frente a establecimientos bancarios, entradas a estacionamientos públicos, gasolineras, accesos peatonales o vehiculares. Así como salidas de emergencia, rampas peatonales o para el acceso a cocheras. También en entradas en instalaciones de hospitales o centros de salud.
- Si el vehículo es detenido y se detecta que cuenta con sanciones económicas no cubiertas con más de 30 días de anterioridad.
- Estacionarse en carreteras de no más de dos carriles y con doble sentido de circulación.
- Cuando te estaciones en lugares autorizados para tal fin, y no se cubra la cuota determinada por su uso (Parquímetros).
- Estacionarse en lugares exclusivos para personas con discapacidad.
- Estacionarse a 10 metros de cualquier cruce de vía férrea.
- Por participar en competencias vehiculares de alta velocidad, acrobacias y demás maniobras riesgosas.
- Cuando no pases una revisión del alcoholímetro y se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro. O bien de alcohol en aire superior a 0.4 miligramos por litro. Así como bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes o psicotrópico.
- Vehículos de conductores que transgredan lo dispuesto en fracción III del artículo 25; fracción II del artículo 26; todas las fracciones del artículo 30; y fracciones I, II, VI, VII, VIII, IX, X y XI del artículo 34 del Reglamento de Tránsito. En especial cuando no se encuentre el conductor a bordo del vehículo o éste se niegue e a retirarlo, inmediatamente después de haberse impuesto la infracción.
- Vehículos de uso particular que utilicen cromáticas iguales o similares a las del transporte público y de los destinados a la Secretaría de la Defensa Nacional o de la Secretaría de Marina.
- Cuando los conductores con los requisitos legales especificados por cada tipo de vehículo, como licencia o permiso de conducir, placas, calcomanía de circulación y tarjeta de circulación.
- Por obstruir la circulación con vehículos, plumas, rejas o cualquier otro objeto. Esto a menos que se cuente con la debida autorización.
- Vehículos en estado de abandono conforme a lo previsto en las fracciones I y II del artículo 35 del Reglamento de Tránsito.
Por que no pueden llevar tu auto al Corralón en CDMX
Si te han llevado el vehículo al corralón de Ciudad de Mexico pero no estas seguro si es motivo para que la policía lo haya remitido, estos son los motivos por las cuales no está permitido su ingreso.
- Circular en sentido contrario.
- Portar licencia de conducir no vigente.
- Circular en vehículos con placas foráneas que infrinjan alguna disposición del Reglamento de Tránsito.